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Previo a llevar a cabo una negociación comercial, se efectúan “estudios de factibilidad” por parte de la SUBREI, los que consisten en analizar en detalle los efectos que tendrá la negociación en el comercio exterior del país, así como los componentes que se puedan incluir en la negociación comercial, identificando de esta manera los beneficios que tendría el futuro Tratado para Chile. En la mayor parte de los casos, estos estudios son efectuados por Chile, por ejemplo con la Unión Europea, con Estados Unidos, los países del CPTPP y con países latinoamericanos.
Con los países asiáticos, en general, se ha utilizado una modalidad de hacer estudios de factibilidad conjuntos como fue con China, Japón, Malasia, Tailandia, Indonesia, Hong Kong SAR y Turquía, entre otros países.
Los resultados de estos análisis son entregados al Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales, para la evaluación de la conveniencia de la iniciación de una negociación comercial.
La función de este comité es asesorar y proponer al Presidente de la República políticas específicas relacionadas con las negociaciones económicas internacionales.
La función de este comité es asesorar y proponer al Presidente de la República políticas específicas relacionadas con las negociaciones económicas internacionales. De este modo, las negociaciones, así como sus posteriores modificaciones (una vez que ya son Tratados legalmente vigentes), pasan generalmente por esta instancia, en la que quienes informan son el Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales y/o el Ministro de Relaciones Exteriores, para recomendar y sugerir para evaluación del Presidente de la República los pasos a seguir.
Una vez que los países acuerdan y deciden llevar a cabo las negociaciones para un Tratado de Libre Comercio, esta decisión se anuncia a través de las más altas autoridades de ambas economías.
En esta etapa, la labor de la SUBREI es liderar la negociación del Acuerdo por parte de Chile, la que involucra a equipos técnicos especializados en las áreas (Capítulos) que cubrirá el Tratado, así como el trabajo conjunto con otros ministerios e instituciones públicas relacionados con tales áreas. Este proceso se da en una estrecha relación con el sector privado, para recoger su visión, necesidades y sugerencias sobre las negociaciones, tanto a través de reuniones con empresarios y gremios y en instancias como las del Cuarto Adjunto.
El Cuarto Adjunto es una reunión de carácter periódico, que suele realizarse antes y después de una ronda de negociaciones, y que involucra tanto a representantes del sector privado, como a gremios, asociaciones, ONGs y sociedad civil, para intercambiar puntos de vistas y recoger sus aprehensiones en torno al proceso, como una manera de ir aclarando inquietudes e incorporando en los textos la visión de todos los actores. El Cuarto Adjunto, así como otras instancias informativas de la SUBREI, son prioritarias para las políticas de transparencia de la institución. La negociación, es efectuada en Rondas de Negociación, en las cuales se van abordando, resolviendo y decidiendo los contenidos de los capítulos convenidos a negociar entre las partes
Una vez concluido el proceso de revisión legal, se procede a la firma del Acuerdo.
Junto con el Acuerdo suscrito, el Presidente de la República envía un Mensaje al Congreso, en que se aborda el objetivo, contenidos y beneficios del nuevo tratado, para su aprobación por el Congreso.
Ingresados al Congreso, los TLC tienen la misma tramitación que los proyectos de ley; son discutidos por las Comisiones que corresponda, dependiendo del contenido del mismo (Relaciones Exteriores, Hacienda, Agricultura, entre otras), luego de haber sido discutidos en sala por la Cámara de origen. Una vez aprobado se envía a la otra Cámara Revisora, que lleva a cabo el segundo trámite constitucional. Una vez aprobado por ambas Cámaras Revisoras, vuelve a la Cámara de origen, que envía un Oficio al Ejecutivo.
Una vez recibido el texto aprobado por el Congreso, este es remitido al Ejecutivo para su promulgación a través de un Decreto Supremo. Este decreto pasa por el trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República, y luego se publica en el Diario Oficial.
Cuando el Tratado entra en vigor, SUBREI, efectúa a lo largo del país seminarios, talleres, reuniones con el sector privado y con la sociedad civil, para difundir el contenido, alcances y beneficios del Acuerdo correspondiente.
Después de un período desde la entrada en vigor de los tratados – generalmente 10 años-, se efectúan evaluaciones de su desempeño, a modo de que se analice como se ha comportado el comercio bilateral, las desgravaciones, el uso del Acuerdo y los distintos aspectos de la relación económica entre ambos socios.
Periódicamente, se efectúan reuniones de la Comisión Administradora establecida en el Acuerdo, instancias en las cuales las partes intercambian información acerca de la implementación del Tratado, de los problemas que se puedan haber presentado, de las soluciones demandadas, así como de avances que puedan requerir nuevas negociaciones que complementen los instrumentos existentes o evaluar su profundización o ampliación.