¿Qué hacemos?

La División de Comercio y Desarrollo Sustentable (CODESU) es la encargada de la propuesta (inclusión) y negociación de los temas laborales en los acuerdos comerciales que suscritos por la Subsecretaría.

Las cláusulas laborales en un acuerdo comercial tienen el valor de reconocer la importancia del respeto por los derechos laborales fundamentales, así como de promover que las leyes laborales domésticas de cada país consideren estos derechos laborales fundamentales. De esta forma se promueve que el comercio internacional vaya de la mano con el trabajo decente por medio del reconocimiento y respeto estos derechos y de hacer cumplir su propia legislación laboral.

Las cláusulas laborales pueden adoptar diferentes formatos. De este modo, en los diferentes acuerdos comerciales que están en vigor podemos encontrar: capítulos laborales, acuerdos de cooperación laboral, memorándums de entendimiento y disposiciones laborales en capítulos de cooperación.

Chile adoptó por primera vez la decisión de incorporar las materias laborales en los acuerdos comerciales durante la negociación del Tratado de Libre Comercio con Canadá. Dicho tratado suscrito entre Chile y Canadá el 05 de diciembre de 1996, fue un hito en este aspecto. A partir de entonces, nuestro país ha sido consistente en el tiempo, mostrando un especial interés por incorporar estas materias.

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