Acerca del Acuerdo

La UE está compuesta por 27 países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania y Suecia*.

El primer acercamiento comercial entre Chile y Unión Europea fue al iniciarse el período de restablecimiento democrático en Chile. En 1990, el ex Presidente Patricio Aylwin firmó el primer Acuerdo de Cooperación entre Chile y el bloque, marcando el inicio de una nueva generación de acuerdos de cooperación de la Unión Europea (UE) con terceros países..

A estos Acuerdos se les llamó Acuerdos de Tercera Generación, ya que incorporaron tres cláusulas nuevas: la cláusula democrática, que estipula el respeto de los principios democráticos y de los derechos humanos como fundamento de cooperación; la cláusula evolutiva, que permite ampliar el acuerdo con el fin de aumentar los niveles y campos de cooperación; y la cláusula de cooperación avanzada, que agrega a las áreas tradicionales nuevos ámbitos de cooperación.

A partir de ese momento, se amplió en el transcurso del tiempo la cooperación en campos muy diversos, tales como el científico, el tecnológico, el desarrollo social, el medio ambiente, la administración pública, la información y la comunicación.

El 21 de junio de 1996, Chile y la Unión Europea (UE) firmaron un Acuerdo Marco de Cooperación que entró en vigor el 1 de febrero de 1999. El objetivo del acuerdo fue sentar las bases de un proceso destinado a establecer una asociación de carácter político, económico y de crear un área de libre comercio bilateral.

Los tres años siguientes, ambas partes se enfocaron en lo que se llamó la “etapa de la fotografía”, período en que ambas partes se dedicaron a la elaboración de informes técnicos en diversas materias para preparar la futura negociación.

En junio de 1999 se lanzaron oficialmente las negociaciones, en el marco de la primera Reunión Cumbre Unión Europea – América Latina y el Caribe. Más de 48 jefes de Estado participaron del acontecimiento.

El 18 de noviembre de 2002 en Bruselas, Bélgica, se suscribió el Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Europea y sus estados miembros y Chile (AA), y entró en vigor el 1° de febrero de 2003.

El Acuerdo de Asociación con la UE fue uno de los primeros acuerdos de tercera generación firmados por Chile, el que incluye tres pilares: uno político, uno de cooperación y uno económico – comercial (que contiene, entre otros temas, comercio de bienes y de servicios, establecimiento de inversiones, propiedad intelectual, materias regulatorias, bienestar animal, defensa comercial y compras públicas). Asimismo, cabe destacar que el Acuerdo de Asociación incorpora tres Acuerdos adicionales que son: Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y Bienestar Animal, Acuerdo sobre el Comercio de Vinos y Acuerdo sobre el Comercio de Bebidas Espirituosas y Bebidas Aromatizadas.

Un elemento esencial de este Acuerdo, es la cláusula democrática, ya que su incumplimiento autoriza a cualquiera de las partes a tomar medidas e incluso puede ser causal de la suspensión de la aplicación del acuerdo si se vulneran estos principios.

El Acuerdo de Asociación (AA) establece reuniones periódicas de alto nivel para dar seguimiento a temas de interés bilateral. El Consejo de Asociación es la máxima instancia bilateral encargada de administrar el Acuerdo de Asociación, de la cual dependen los siguientes Comités responsables de implementar los capítulos comprendidos en el mismo: 1) Comité de Asociación, 2) Comité de Gestión Conjunto sobre Medidas Sanitarios y Fitosanitarios y Grupo de trabajo en Bienestar Animal, 3) Comité de Normas, Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad, 4) Comité Especial de Cooperación Aduanera y Normas de Origen, 5) Comité Conjunto sobre el Comercio de Vinos, 6) Comité Conjunto sobre el Comercio de Bebidas Espirituosas y Aromatizas.

Este acuerdo, además de crear una institucionalidad para el desarrollo del comercio y las inversiones, ha generado amplias oportunidades para el crecimiento de nuestro país, permitiendo el establecimiento de cooperación en campos muy diversos, tales como: científico, tecnológico, desarrollo social, medio ambiente, administración pública, información y comunicación.

Sin embargo, conscientes de que el contexto global ha evolucionado y por ende es necesario contar con un marco institucional actualizado y con nuevas disciplinas para hacer frente a los desafíos emergentes, Chile y la Unión Europea decidieron ser más ambiciosos y avanzar hacia un nuevo estado en la relación bilateral, modernizando el AA. En este sentido, luego de cinco años de negociación, el 13 de diciembre de 2023 firmaron dos Acuerdos: Acuerdo Marco Avanzado (AMA) y el Acuerdo Interino de Comercio (AIC).

El AMA es un acuerdo integral, que incluye dimensiones políticas y de cooperación, así como comerciales y de inversión. Por su parte, el AIC reemplazará la Parte IV (de comercio) del AA y sólo cubre comercio y liberalización de inversiones, denominándose interino porque expirará una vez que el AMA entre en vigor.

Esta particularidad se origina dado los ámbitos de competencia de las instancias que conforman la Unión Europea (UE). En un primer momento entrará en vigor el AIC, el cual por sus materias no requiere la aprobación de los Estados Miembros de la UE, sino que solamente del Parlamento Europeo. Junto al AIC seguirán vigentes las áreas Política y de Cooperación del Acuerdo de Asociación de 2002. Por su parte, luego de que cada uno de los Estados Miembros de la UE aprueben el AMA, este se sumará al Acuerdo Interino de Comercio, de modo que los tres acuerdos formen un acuerdo integral o global: el Acuerdo Marco Avanzado.

  • 1994

    Entra en vigencia Acuerdo Marco de Cooperación Chile-UE

    Subrei
  • 2003

    Comienza a regir Acuerdo de Asociación Chile - UE (AA)

    Subrei
  • 2013

    A diez años de vigencia del acuerdo se completa programa de desgravación arancelaria

    Subrei
  • 2015

    Se constituye Grupo de Trabajo para avanzar en modernización del acuerdo

    Subrei
  • 2017

    Se obtiene el Mandato de la UE para iniciar la modernización del AA

    Subrei
  • 2023

    Se firman el Acuerdo Marco Avanzado (AMA) y Acuerdo Comercial Interino (AIC)

    Subrei
  • 2024

    En marzo, el Parlamento Europeo aprueba el AIC. En noviembre, el Parlamento Chileno aprueba el AMA y el AIC.

    Subrei
  • 2025

    El 01 de febrero entra en vigor el AIC, Acuerdo que reemplaza la Pate IV (de comercio) del AA.

    Subrei

Textos del Acuerdo

Textos del acuerdoDescargar
  Español
 PreámbuloSubrei
 Parte I 
 I Disposiciones Generales e Institucionales. Título I Naturaleza y Ámbito De Aplicación del Acuerdo
Subrei
 II Marco Institucional
Subrei
 Parte II Diálogo PolíticoSubrei
 Parte III 
 CooperaciónSubrei
 Título I - Cooperación EconómicaSubrei
 Título II - Ciencia, Tecnología y Sociedad de la InformaciónSubrei
 Título III - Cultura, Educación Y Sector AudiovisualSubrei
 Título IV Administración Pública y Cooperación InterinstitucionalSubrei
 Título V - Cooperación en Materia SocialSubrei
 Título VI - Otros Ámbitos de CooperaciónSubrei
 Título VII - Disposiciones GeneralesSubrei

 

La modernización del Acuerdo de Asociación Chile-UE se concretará a través de dos textos: el Acuerdo Marco Avanzado (AMA) o Advanced Framework Agreement, y el Acuerdo Interino Comercial (AIC) o Interim Trade Agreement (ITA). El AMA incluye el pilar político y de cooperación, así como los pilares de comercio e inversión, de forma completa. Por su parte, el ACI solo cubre comercio y liberalización de inversiones, denominándose interino porque expirará una vez que el AMA entre en vigor. Es preciso aclarar que en la UE, el AIC es un Acuerdo que aprueba el Parlamento Europeo, ya que es de competencia exclusiva de la Comisión Europea, debido a las materias que cubre. En cambio, el AMA es un Acuerdo de competencia mixta o compartida entre la Comisión y los Estados Miembros. Por ello, debe ser aprobado por el Parlamento Europeo y también por los parlamentos de cada uno de los Estados Miembros.

Textos del Acuerdo Interino Comercial Chile – Unión EuropeaDescargar
  Español
 PreámbuloSubrei
 Capítulo 1 Disposiciones GeneralesSubrei
 Capítulo 2 Comercio de Mercancías
Subrei
 Capítulo 3 Reglas de Origen y Procedimientos Relacionados con el Origen
Subrei
 Capítulo 4 Aduanas y Facilitación Del Comercio Subrei
 Capítulo 5 Instrumentos de Defensa ComercialSubrei
 Capítulo 6 Medidas Sanitarias y FitosanitariasSubrei
 Capítulo 7 Cooperación en Materia de Sistemas Alimentarios SosteniblesSubrei
 Capítulo 8 Energía y Materias PrimasSubrei
 Capítulo 9 Obstáculos Técnicos Al ComercioSubrei
 Capítulo 10 Liberalización de las InversionesSubrei
 Capítulo 11 Comercio Transfronterizo de ServiciosSubrei
 Capítulo 12 Presencia Temporal de Personas Físicas/Naturales Para Actividades de NegociosSubrei
 Capítulo 13 Reglamentación NacionalSubrei
 Capítulo 14 Reconocimiento Mutuo de Cualificaciones ProfesionalesSubrei
 Capítulo 15 Servicios de EntregaSubrei
 Capítulo 16 Servicios de TelecomunicacionesSubrei
 Capítulo 17 Servicios de Transporte Marítimo InternacionalSubrei
 Capítulo 18 Servicios Financieros Subrei
 Capítulo 19 Comercio DigitalSubrei
 Capítulo 20 Movimientos de Capitales, Pagos y Transferencias y Medidas Temporales de SalvaguardiaSubrei
 Capítulo 21 Contratación PúblicaSubrei
 Capítulo 22 Empresas Públicas, Empresas que Gozan de Derechos O Privilegios Especiales, y Monopolios DesignadosSubrei
 Capítulo 23 Política de CompetenciaSubrei
 Capítulo 24 SubvencionesSubrei
 Capítulo 25 Propiedad Intelectual e IndustrialSubrei
 Capítulo 26 Comercio y Desarrollo SostenibleSubrei
 Capítulo 27 Comercio e Igualdad de GéneroSubrei
 Capítulo 28 TransparenciaSubrei
 Capítulo 29 Buenas Prácticas RegulatoriasSubrei
 Capítulo 30 Pequeñas y Medianas EmpresasSubrei
 Capítulo 31 Solución de DiferenciasSubrei
 Capítulo 32 ExcepcionesSubrei
 Capítulo 33 Disposiciones Institucionales y FinalesSubrei

 

 

AnexosDescargar
  Español
 Anexo I. Calendario de eliminación de aranceles de la comunidadSubrei
 Anexo II. Calendario de eliminación de aranceles de ChileSubrei
 Anexo III. Definición del concepto de productos originarios y procedimientos de cooperación administrativa
Subrei
 Anexo IV. Acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias
Subrei
 Anexo V. Acuerdo sobre el comercio de vinos***Subrei
 Anexo VI. Acuerdo sobre el comercio de bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas***Subrei
 Anexo VII. Lista de compromisos específicos sobre los serviciosSubrei
 Anexo VIII. Lista de compromisos específicos sobre los servicios financieros Subrei
 Anexo IX. Autoridades responsables de los servicios financierosSubrei
 Anexo X. Lista de compromisos específicos sobre establecimientoSubrei
 Anexo XI. Cobertura de la comunidad en materia de contratación públicaSubrei
 Anexo XII. Cobertura de Chile en materia de contratación públicaSubrei
 Anexo XIII. contratación pública aplicación de determinadas disposiciones del título IV de la parte IVSubrei
 Anexo XIV. Relativo a pagos corrientes y movimientos de capitalSubrei
 Anexo XV. Reglas modelo de procedimiento de los grupos arbitralesSubrei
 Anexo XVI. Código de conducta de los miembros de los grupos arbitralesSubrei
 Anexo XVII. Implementación de determinadas decisiones de la parte IVSubrei
 ***Actualización que modifica los apéndices I, II, V y VIII del Acuerdo sobre el Comercio de Vinos, y el apéndice del Acuerdo sobre el Comercio de Bebidas Espirituosas y Aromatizadas, de 2022. (Diario Oficial ,22 de mayo 2023- DS Nª 55.Subrei

 

Protocolos AdicionalesDescargar
  Español
 I Protocolo AdicionalSubrei
 II Protocolo AdicionalSubrei
 III Protocolo Adicional
Subrei
 Anexo III Protocolo
Subrei

 

NotasDescargar
  Español
 Notas al pie de páginaSubrei

 

NotasDescargar
  Español
 Acuerdo sobre productos orgánicos Subrei

Ficha UE

  • Indicadores Macroeconómicos
  • Comercio bilateral
  • Principales exportaciones de UE
  • Partidas de Comercio Bilateral

Descargar Ficha


Acceso sanitario para productos de origen vegetal y animal

Esta publicación informa el acceso sanitario para las exportaciones chilenas de productos agrícolas, productos destinados a propagación vegetal, productos de la industria forestal, productos pecuarios y de la pesca y acuicultura.

Descargar


OPORTUNIDADES

Para información acerca de Oportunidades Comerciales con Unión Europea visite el sitio de ProChile. En este sitio encontrará información para Exportadores y Compradores Internacionales, herramientas de Asistencia y Fondos Concursables de apoyo al exportador.

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