Cambio Climático y Transporte Aéreo Internacional

 

La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC, por su sigla en inglés) es un tratado internacional ambiental acordado en la Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, informalmente conocida como la Cumbre de la Tierra, y que se celebró en Río de Janeiro el año 1992. El objetivo del tratado es "estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.".

Dentro de los sectores que generan emisiones de gases efecto invernadero, en adelante GEI, están el transporte marítimo y aéreo internacional, por el uso de combustible que realizan para el funcionamiento de los buques y los aviones, respectivamente.

La Convención contiene diversos instrumentos que permiten implementar el objetivo antes indicado. Uno de ellos es el Protocolo de Kioto, que en su artículo 2.2 establece que “Las Partes incluidas en el anexo I procurarán limitar o reducir las emisiones de gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal generadas por los combustibles del transporte aéreo y marítimo internacional trabajando por conducto de la Organización de Aviación Civil Internacional y la Organización Marítima Internacional, respectivamente.”

Eso significa que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Organización Marítima Internacional (OMI) son los foros en los que se debe trabajar para limitar o reducir las emisiones de gases efecto invernadero en estos sectores. Conforme lo anterior, Chile considera que estos temas deben discutirse en dichos foros especializados, ya que son estos los que comprenden mejor sus particularidades.

 

 

Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)

La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) es un organismo especializado de las Naciones Unidas, creado por los Estados en el año 1944 para ejercer la administración y velar por la aplicación del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (denominado también, Convenio de Chicago).

La OACI trabaja junto a los 191 Estados miembros del Convenio y a grupos de la industria para alcanzar un consenso sobre las Normas y Métodos Recomendados (llamados SARPs, por su sigla en inglés) para la aviación civil internacional y sobre políticas que hagan posible que la aviación civil sea operacionalmente segura, eficiente, protegida, económicamente sostenible y ambientalmente responsable. Los Estados miembros de la OACI emplean estos SARPs y políticas para garantizar que sus operaciones y normas de aviación civil nacionales se ajusten a las normas mundiales, permitiendo a su vez la operación segura y confiable en la red mundial de aviación.

Además de cumplir con su función principal de establecer SARPs y políticas internacionales basadas en el consenso de los Estados miembros y la industria, entre muchas otras prioridades y programas, la OACI coordina la asistencia y la creación de capacidad de los Estados, en apoyo de los numerosos

objetivos de desarrollo de la aviación; produce planes globales para coordinar avances multilaterales estratégicos para la seguridad operacional y la navegación aérea; efectúa el seguimiento y elabora informes sobre numerosos indicadores del sector de transporte aéreo, y audita la capacidad de los Estados de supervisión y vigilancia de la seguridad operacional y protección de la aviación civil.

 ¿Dónde se abordan las materias de Cambio Climático en la OACI?

El Comité sobre la Protección del Medio Ambiente y la Aviación (CAEP, por su sigla en inglés), es el órgano técnico donde se aborda diversas materias ambientales dentro del ámbito de competencia de la OACI. Desde el año 2004, en el cual la OACI adoptó tres metas medioambientales, el CAEP ha concentrado su trabajo en:

  • Limitar o reducir el número de personas afectadas significativamente por el ruido de las aeronaves;
  • Limitar o reducir el impacto de las emisiones de la aviación en la calidad local del aire;
  • Limitar o reducir el impacto de las emisiones de efecto invernadero de la aviación en el cambio climático.

En esa línea, el CAEP ha avanzado en numerosos temas ambientales, tales como: ruido de las aeronaves; vida útil de las aeronaves y reciclaje; calidad del aire a nivel local; emisiones globales planes de acción voluntarios de los Estados de reducción de emisiones; combustibles sustentables; adaptación al cambio climático y resiliencia.

En el marco de sus respectivas competencias, la Asamblea General, el Consejo de OACI y la Comisión de Aeronavegación son llamados igualmente a pronunciarse sobre los temas ambientales. La Secretaría de la Organización dispone de una Unidad Medioambiental que presta apoyo técnico y logístico al trabajo de las delegaciones y de los órganos mencionados.

OACI y la reducción de emisiones GEI

¿Cuáles han sido los principales resultados alcanzados en OACI en materia de reducción a las emisiones GEI?

 

El año 2010, en la 37° Sesión de la Asamblea General de la OACI, los Estados resolvieron adoptar dos metas colectivas:

  • Lograr una mejora media anual mundial de 2% en el rendimiento de combustible a mediano plazo hasta 2020 y una tasa anual de mejoras en el rendimiento de combustible del 2% a largo plazo de 2021 hasta 2050, como meta a la que se aspira mundialmente, calculada sobre el volumen de combustible consumido por tonelada-kilómetro de pago efectuada ( Resolución 37-19, párrafo. 4); y
  • Lograr que las emisiones mundiales netas de carbono de la aviación civil internacional desde 2020 se mantengan al mismo nivel” ( Resolución 37-19, párrafo 6).

Para lograr las metas antes indicadas, los Estados han considerado una canasta de medidas, las cuales abordan transformaciones tecnológicas, mejoras operacionales, y mayor eficiencia en el tráfico aéreo, uso de combustibles alternativos entre otras. En ese contexto, los Estados decidieron el mismo año pedir “al Consejo que, con el apoyo de los Estados miembros y organizaciones internacionales, explore la viabilidad de un plan mundial de medidas basadas en criterios de mercado (MBM, según sus siglas en inglés) mediante estudios adicionales sobre los aspectos técnicos, los beneficios ambientales, las repercusiones económicas y las modalidades de dicho plan, […] y proporcione información sobre el avance para someterla a la consideración del 38º período de sesiones de la Asamblea de la OACI.” ( Resolución 37-19, pár. 18).

En el año 2013, con ocasión del 38° período de sesiones de la Asamblea, los Estados adoptaron la decisión de “elaborar un plan mundial de MBM para la aviación internacional” (Resolución 38-18, pár. 18); como resultado de intensas negociaciones que consideraron, entre otras materias, las circunstancias especiales y capacidades respectivas de los Estados, la necesidad de evitar distorsiones en el mercado, y la carga administrativa de la implementación del sistema. La Asamblea General de OACI le encomendó el trabajo técnico de la elaboración de las MBM al Comité sobre la Protección del Medio Ambiente y la Aviación, creándose además el Comité Ambiental Asesor (EAG) para analizarlas desde un punto de vista político con miras a tomar una decisión durante el 39° período de sesiones de la Asamblea.

En el período 39º de sesiones de la Asamblea, se adoptó un Mecanismo de Mercado, llamado Esquema de Compensación y Reducción de Carbono para la Aviación Internacional (CORSIA, por sus siglas en inglés). El Mecanismo tiene, en rasgos generales, los siguientes elementos (Resolución 39-3):

  • Se basa en la compensación de emisión de CO2, que viene a complementar una canasta de medidas para reducir las emisiones de CO2 como las medidas operaciones y las mejoras tecnológicas para regular las emisiones de CO2 en el transporte aéreo internacional.
  • Se trata de una medida de mercado global y única basada en un sistema de rutas.
  • Contiene una fase piloto (2021-2023), que es voluntaria y con una distribución 100% sectorial.
  • Luego se considera una primera fase (2024-2026): en la que ingresan los países que voluntariamente así lo determinen, con una distribución 100% sectorial.
  • Finalmente, existe una segunda fase que se divide en tres partes:
    • Parte 1 (2027-2029): en la que ingresan todos los países que cumplan con los criterios establecidos en la medida. La compensación que debe hacer la industria se distribuye en 100% sectorial;
    • Parte 2 (2030-2032): La compensación que debe hacer la industria es diferenciada y se distribuye en 80% sectorial y 20 % individual; y
    • Parte 3 (2033-3035): La compensación que debe hacer la industria es diferenciada y se distribuye en 30% sectorial y 70% individual.

Cabe indicar que quedan exceptuados del esquema los países menos adelantados (LDCs, por su sigla en inglés), los países en desarrollo sin litoral (LLDCs, por su sigla en inglés) y los Pequeños Estados Insulares (SIDS, por su sigla en inglés).

Para más información sobre OACI y reducciones de GEI visite el sitio web oficial de CORSIA

 

Esquema de Compensación y Reducción de Carbono para la Aviación Internacional (CORSIA)

El 27 de junio de 2018 el Consejo de la OACI adoptó las Normas y Métodos Recomendados (SARPs) que facilitarán la implementación del Esquema de Compensación y Reducción de Carbono para la aviación internacional (CORSIA). La adopción por parte de la OACI de la primera edición del Anexo 16, Volumen IV, del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago), llega menos de dos años después de la aprobación del CORSIA por la Asamblea de la OACI

El Consejo también aprobó la primera versión de la herramienta oficial que permitirá estimación y notificación de CO2 proveniente de la aviación internacional (CERT, por sus siglas en inglés). Constituye una herramienta simplificada que podrán utilizar los pequeños operadores aéreos para monitorear y reportar sus emisiones de CO2. El Consejo acordó igualmente los detalles del Registro Central del CORSIA (CCR, por sus siglas en inglés).

La futura labor del Consejo sobre el CORSIA se concentrará en los restantes elementos de implementación del Esquema, incluida la evaluación de los programas de unidades de emisión con arreglo a criterios sólidos, y los combustibles de aviación que satisfagan los criterios de sostenibilidad del CORSIA.

 

Mesa Bunkers Fuels Transporte Aéreo

Dada la importancia que tiene para nuestro país la aplicación de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), tanto en el transporte aéreo como marítimo internacional, en agosto de 2010, el Comité de Ministros de Cambio Climático promovió la formación de dos mesas de trabajo técnicas: “Bunker Fuels – Transporte Aéreo” y “Bunker Fuels – Transporte Marítimo”. Desde su creación, la Mesa de Transporte Aéreo se encuentra bajo la coordinación de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile,, a través de la División de Comercio y Desarrollo Sustentable (CODESU). La Mesa está integrada por representantes de las siguientes instituciones:

  • la Dirección General de Aeronáutica Civil;
  • la Junta de Aeronáutica Civil;
  • Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
  • Ministerio de Medio Ambiente,
  • Ministerio de Hacienda,
  • Ministerio de Relaciones Exteriores,
  • Ministerio de Energía; y
  • Representantes de la industria nacional, de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y la Asociación Latinoamericana de Transporte Aéreo (ALTA).

El objetivo de la Mesa es discutir y consensuar la postura de Chile relativo a las acciones que se deben llevar a cabo, tendientes a reducir las emisiones de GEI en el marco de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático.

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